SUBVENCIONES
1. Ayudas a las actividades turísticas
Inicio convocatoria: 17/02/2001
Acciones
subvencionables:
Ayudas a actividades de:
1. Comercialización turística
2. Promoción turística.
3. Formación turística.
4. Construcción y modernización de establecimientos turísticos y en
particular adecuación de los alojamientos a los requisitos, clases y categorías
establecidas.
Gastos
subvencionables:
Se subvencionarán: los activos susceptibles de ayuda de
acuerdo con las directrices sobre ayudas de Estado de finalidad regional.
Información
adicional:
PLAZO: las solicitudes se presentarán en los plazos que
determine la correspondiente Orden de convocatoria.
BENEFICIARIOS: personas físicas, pymes del sector turístico, asociaciones y
cualesquiera otras entidades públicas o privadas.
No podrán ser beneficiarias las empresas en dificultades, en los términos de
las directrices comunitarias reguladoras de la materia.
RESTRICCIONES: las ayudas a la actividades de comercialización, formación y
promoción turística, no podrán superar en ningún caso los límites de la
regla de mínimis.
Localización
del proyecto:
Aragón
España.
2. Ayuda a proyectos de inversión empresarial: intereses de préstamos
Inicio
convocatoria: 20/05/2000
Acciones
subvencionables:
Ayudas al tipo de interés de préstamos destinados a
financiar inversiones empresariales para:
1. la creación de nuevos establecimientos.
2. ampliación o modernización de establecimientos ya existentes, que supongan
un cambio fundamental en el producto o en el proceso productivo.
Inversión mínima: 60.101,00 €
Cuantía de la ayuda:
Interés máximo subvencionable:6,00 euros.
Plazo mínimo de amortización:24 meses.
Gastos
subvencionables:
Serán subvencionables: el tipo de interés de los préstamos
destinados a financiar la inversión empresarial.
Información
adicional:
PLAZO: la solicitud se presentará dentro del plazo máximo
de la ejecución del proyecto establecido en la concesión de ayuda directas a
la inversión de este mismo programa o de incentivos regionales.
BENEFICIARIOS: empresas de los sectores de la industria, los servicios de apoyo
industrial y el turismo.
CONDICIONES DEL PRÉSTAMO: el préstamo deberá ser de entre 22.537,95 euros y
9.015.181,57 euros y será subvencionable durante 5 años, como máximo.
El préstamo debe formalizarse después de solicitar la ayuda y antes de que
finalice el plazo de ejecución del proyecto.
El plazo de amortización será como mínimo de 2 años.
RESTRICCIONES: la inversión incentivable debe ser superior a 60.101,21 euros o
contemplar una inversión en instalaciones y bienes de equipo superior a
30.050,61 euros.
La inversión debe no estar realizada en el momento de presentar la solicitud.
El proyecto debe tener efectos positivos sobre el empleo.
Los proyectos deben ser viables económica, técnica y financieramente y estar
autofinanciados en un 25%, como mínimo.
Los sectores considerados sensibles por la UE (construcción naval, fibras sintéticas,
Automoción, siderurgia y productos agraríos y silvícolas) deben respetar las
disposiciones comunitarias que les afecten.
COMPATIBILIDAD: estas ayudas serán compatibles con otras, deberán respetar las
normas comunitarias sobre acumulación de ayudas y los límites establecidos en
este programa.
Esta línea de ayuda resultará compatible con las demás del mismo programa.
Localización
del proyecto:
Aragón
España
Localización
del beneficiario:
Aragón
España
3. Ayudas para la creación de establecimientos de turismo rural
Inicio convocatoria: 22/12/2004
Final convocatoria: 30/01/2005
Acciones
subvencionables:
Ayudas a inversiones para la rehabilitación o restauración
de construcciones que permitan la creación de una aldea de turismo rural,
siempre que por sus características permitan la oferta de alojamiento,
restauración y otros servicios complementario.
Son subvencionadles los pagos efectuados hasta 01/11/2005
Cuantía de la ayuda:
Ayuda máxima: 35,00 %
Gastos
subvencionables:
Serán subvencionables: ejecución material de obra;
redacción de los proyectos; dirección de obra.
NO serán subvencionables: el mobiliario; las tasas e impuestos legalmente
exigibles.
Información
adicional:
BENEFICIARIOS: titulares de las construcciones en las que
se puedan realizar las inversiones.
CUANTÍA: al porcentaje señalado se le añadirá 6.100 euros por cada puesto de
trabajo a crear indefinido que supere el porcentaje mínimo de contratación
estable.
El importe destinado a la edificación no será superior a 500 euros el metro
cuadrado sobre la superficie útil.
RESTRICCIONES: los proyectos deben ser de rehabilitación o de restauración, no
de construcción y deben recuperar la memoria histórica del inmueble y su
contorno.
La superficie dedicada a habitaciones no debe ser mayor que la destinada a
espacios comunes.
Los beneficiarios deben mantener su actividad durante, al menos, 20 años y
deben mantener el establecimiento abierto durante 8 meses al año y
obligatoriamente los meses de junio, julio, agosto y septiembre y adscribirse a
la Central de Reservas de la DGA.
El conjunto de viviendas de la aldea de turismo rural guardará entre sí una
distancia máxima de 500 metros.
NOTA INTERNA: el importe total para el año 2005 es de 525.406,76 euros, para el
año 2006 de 282.805,24 euros y para el año 2007 de 1.273.841,76 euros.
El plazo de justificación finalizará el 01/11/05 para el año 2005.
Localización
del proyecto:
Aragón
España
Localización
del beneficiario:
Aragón
España
4. Ayudas para la mejora de establecimientos de turismo rural
Inicio convocatoria: 22/12/2004
Inicio convocatoria: 22/12/2004
Acciones
subvencionables:
Ayudas a inversiones para:
1. mejora de las instalaciones y servicios de los establecimientos de turismo
rural.
2. mejorar la oferta complementaria de servicios de establecimientos de turismo
rural.
Son subvencionables los pagos efectuados hasta 01/11/2005
Cuantía de la ayuda:
Ayuda máxima: 40,00 %
Gastos
subvencionables:
Serán subvencionables: ejecución material de la inversión;
redacción de los proyectos; dirección de obra.
NO serán subvencionables: equipamiento; tasas e impuestos legalmente exigibles.
Información
adicional:
BENEFICIARIOS: propietarios de inmuebles dedicados al
turismo rural o las personas físicas o jurídicas que, sin ser propietarias,
gestionen el establecimiento con la debida autorización de la administración
turística.
CUANTÍA: se añadirá al porcentaje reflejado la cantidad de 6.100 euros por
cada puesto de trabajo a crear indefinido que supere el porcentaje mínimo de
contratación estable.
RESTRICCIONES: los proyectos deben implicar la rehabilitación de la memoria
histórica del inmueble y su contorno.
La superficie dedicada a habitaciones no debe ser mayor que la destinada a
espacios comunes.
Los beneficiarios deben mantener su actividad durante, al menos, 15 años y
deben mantener el establecimiento abierto durante 8 meses al año y
obligatoriamente los meses de junio, julio, agosto y septiembre y adscribirse a
la central de reservas de DGA.
El beneficiario deberá tener al menos el 35% de la empresa con contratos por
tiempo indefinido.
Cuando las empresas sean de nueva creación se tendrá que alcanza el 35% de
estabilidad laboral.
No será preciso cumplir los requisitos de estabilidad laboral en el caso de que
la subvención concedida sea inferior a 60.101 euros.
La mejora no podrá suponer un incremento superior al 10% de las plazas
autorizadas por la administración turística.
COMPATIBILIDAD: la obtención de otras ayudas podrá dar lugar a la modificación
de la ayuda concedida.
NOTA INTERNA: el importe total para el año 2005 es de 72.202,18 euros, para el
año 2006 de 38.885,72 euros y para el año 2007 es de 175.153,24 euros.
El plazo de justificación finalizará el 01/11/05 para el año 2005.
Localización
del proyecto:
Aragón
España
Localización
del proyecto:
Aragón
España